domingo, 28 de octubre de 2012


Marco Legal para la transferencia tecnológica


En Colombia todo lo que corresponde a tecnología lo regula el decreto 393 de 1991, esta legislación determina la normatividad de asociación para eventos científicos y tecnológicos, lo cual incluye proyectos de investigación y creación de tecnologías. 

Por su parte, el decreto 591 de 1991 da pautas para las modalidades especificas de contratos cuyo fin sea fomentar actividades en el marco de la ciencia y tecnología. Los eventos que son cobijados por esta normatividad son aquellos que desarrollen nuevos productos y procesos; de igual forma que traigan intrínseco la creación y apoyo a centros de investigación e información.

Es importante que estas actividades generen información y asesoría en ciencia y desarrollo, así como también den paso a su difusión

De igual forma se cuentan dentro de este decreto los proyectos de innovación tecnológica tales como parques tecnológicos y empresas de base tecnológica; igualmente aquellos de cooperación científica y tecnología a nivel nacional e internacional.

A estas normatividades se suma la ley 344 que destina el 20% de aportes a organismos que quieran ampliar programas de competitividad y desarrollo tecnológico.

Por último, los artículos 62 y 63 de la ley de propiedad industrial, confiere que la transferencia de tecnología se realiza con forme a la oferta y la demanda, tomando formas jurisdiccionales de tipo mercantil, regulando así la transferencia en el mercado.

1 comentario:

  1. En el contrato de transferencia tecnológica formaliza la cesión de tecnología a cambio de un precio.

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